Cómo proteger una APP

Cómo proteger una APP

¿ Qué resulta más conveniente ? hay muchas posibilidades, tales como el derecho de autor, el registro de la marca, diferenciar y proteger el diseño, incluso en ocasiones hacer uso del registro de patentes.

En España, una aplicación para sistemas operativos (PC o de dispositivos móviles) no pueden ni deben protegerse mediante patente. La vía más útil suele ser la de derechos de autor. Es una gran diferencia respecto a los Estados Unidos, que la norma Europea especifique que un programa de ordenador como tal no es una invención patentable, siendo necesario que para que funciones esté instalado en un ordenador. Otra cuestión es si la aplicación se vincula a maquinaria específica no multi propósito el cuál ha tenido un diseño de hardware específico.

Para una APP que se instala en un sistema operativo la mejor protección es mediante derechos de autoría a esa obra ( con un específico lenguaje de programación, código compilado a binario, etc). Algo polémico sobre que defensas existen es que mediante el código algunos piensan que no se protege la idea o funcionalidad de la aplicación. En todo caso, bajo el paraguas del derecho de autoría se protegerá toda la documentación técnica, los manuales y documentos necesarios para la elaboración de la obra.

Para comercializar o dar a conocer la aplicación, también deberemos realizar el registro de la marca, para que comercialmente no tengamos interferencias por parte de la competencia. Al fin y al cabo, la marca genera un valor intangible muy valioso para cualquier producto.

Hemos dicho anteriormente que en Europa no podemos proteger la funcionalidad ni la idea como tal, pero gracias al registro del diseño industrial podemos tener una protección en lo relativo al diseño y la organización de los elementos visuales, según se disponen en la pantalla del ordenador, del móvil o de cualquier otro gadget en el que vaya a ejecutarse nuestra aplicación.

El registro de marca, diseño industrial o propiedad intelectual es muy recomendable hacerlo a través de un profesional especializado en la protección de software.

Si necesitas más información para proteger tus intereses no dudes en consultarnos. Escríbenos a hola@mara-abogados.es, o llama para pedir una cita al 960 62 77 79.

Condena millonaria a una empresa valenciana por el uso de software ilegal.

Condena millonaria a una empresa valenciana por el uso de software ilegal.

La mayoría de las empresas, para ahorrar gastos deciden instalar copias sin licencia de determinados programas; desde programas de gestión hasta paquetes básicos de ofimática.

Ello supone no sólo una infracción del copyright, sino también un enorme riesgo para las empresas infractoras. El ejemplo más relevante es la sentencia del mes de marzo del 2017, el Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante condenó a una empresa a abonar 453.000 euros por utilizar en sus ordenadores corporativos un software sin la correspondiente licencia. En el último año han surgido más sentencias relevantes que castigan a los infractores con cuantiosas multas.

La empresa que usa software ilegal no debería dormir tranquila; está poniendo en riesgo la seguridad de su información, dado que existen virus y malware no deseado que atacan directamente al software sin licencia, amenazando la seguridad de la empresa; además, las pólizas de las compañías aseguradoras excluyen los daños por el uso de software sin licencia, por lo que no se harían responsables del daño sufrido.

Según Carlos Pérez, socio responsable del área de IT, Risk & Compliance de la firmal legal Ecija, «esta sentencia es un ejemplo de los graves riesgos legales a los que se enfrentan las empresas que utilizan para su beneficio software sin adquirir los derechos del mismo a través del correspondiente acuerdo con el fabricante. Además de ser un acto de clara competencia desleal, supone una infracción que como vemos puede tener consecuencias económicas y operativas muy importantes».

La empresa infractora se arriesga a sufrir multas millonarias, perder subvenciones, incentivos fiscales, incluso cese de la actividad de la empresa; sumando el coste del  riesgo reputacional, que puede suponer una disminución importante de negocio

Si necesitas más información para proteger tus intereses no dudes en consultarnos. Escríbenos a hola@mara-abogados.es, o llama para pedir una cita al 960 62 77 79.